Alcohol y drogas en las empresas de la Unión Europea

Autores/as

  • Estanislao Cabrero Doctor en Medicina. Médico del Trabajo. Jefe del Servicio Médico de Empresa de R.E.N.F.E. de la Comunidad Valenciana y Región de Murcia.
  • A. Luna Catedrático de Medicina Legal y Toxicología. Médico del Trabajo.

DOI:

https://doi.org/10.20882/adicciones.560

Palabras clave:

prevención laboral, alcohol, drogas ilegales, Unión Europea, políticas preventivas

Resumen

La empresa es considerada por la Unión Europea como una de las instituciones más importantes para afrontar los problemas derivados del consumo de alcohol. Las Leyes y normativas de los diferentes Estados miembros están adaptadas a las peculiaridades propias de cada uno de ellos, pero carecen de leyes específicas frente a este problema, basándose en leyes generales penales, de salud y seguridad y de empleo. Igualmente, poseen unas obligaciones limitadas en relación al tratamiento, la educación y el asesoramiento de los trabajadores, evidenciándose también posturas de castigo que afortunadamente son cada vez menos usadas. Sin embargo, las disposiciones que protegen la intimidad dificultan el control de los problemas relativos al consumo de alcohol y drogas que afectan a los trabajadores, si bien todos los Estados miembros parecen estar de acuerdo en la necesidad de tratar dichos problemas en los sectores de alto riesgo y de responsabilidad. Los sindicatos y la mayoría de las empresas tampoco poseen políticas que afronten este problema, con excepción de las grandes empresas donde los sindicatos también tienen una mayor implantación. Las Administraciones de los Estados miembros y las empresas y los sindicatos realizan actividades preventivas, en general, y de identificación de los trabajadores de riesgo, en particular, para que aquellos trabajadores con problemas derivados del consumo de alcohol y drogas sean tratados, recuperados y reinsertados social y laboralmente.

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Publicado

2001-09-01

Número

Sección

Editorial